Las cuatro etapas del Sagrilaft

Cuando hablamos de Sagrilaft nos referimos exactamente al Sistema de Autocontrol y Gesti贸n del Riesgo Integral de Lavado de Activos, la Financiaci贸n del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferaci贸n de Armas de Destrucci贸n Masiva, estos 煤ltimos fen贸menos los reconocemos en Colombia por las silgas LA/FT/FPADM.聽
Ahora, en relaci贸n con lo establecido en el Cap铆tulo X de la Circular B谩sica Jur铆dica de 2017, las empresas obligadas a cumplir con el Sagrilaft deber谩n contemplar, como m铆nimo, las siguientes etapas para identificar, prevenir, controlar y gestionar el Riesgo de LA/FT/FPADM y las consecuencias de su materializaci贸n.聽
驴Cu谩les son las etapas del Sagrilaft?

Etapa de Identificaci贸n:
En esta etapa las Empresas Obligadas deber谩n identificar los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM, as铆 como los riesgos asociados a 茅ste.
Para identificar estos riesgos, se debe realizar como m铆nimo:
- Clasificar los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM de conformidad con la actividad econ贸mica de la Empresa Obligada y su materialidad.
- Establecer, una vez sean identificados, individualizados, segmentados y clasificados los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM, las metodolog铆as para identificar el riesgo espec铆fico de LA/FT/FPADM que puede llegar a enfrentar la Empresa Obligada, as铆 como otros posibles riesgos asociados. Con base en esa clasificaci贸n y segmentaci贸n, se deben se帽alar, identificar e individualizar los riesgos.
- Establecer, una vez clasificados y segmentados los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM, las condiciones de tiempo, modo y lugar, as铆 como la relevancia y la prioridad con que se deben ejecutar las medidas de Debida Diligencia.
- Disponer e implementar los mecanismos y medidas que le permitan un adecuado conocimiento, identificaci贸n e individualizaci贸n de los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM que le resultan aplicables.聽
Etapa de Medici贸n o Evaluaci贸n:
Pasando la primera etapa, las Empresas Obligadas deben medir la posibilidad o probabilidad de ocurrencia del Riesgo Inherente frente a cada uno de los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM, as铆 como el impacto en caso de materializarse mediante los riesgos asociados.
Dentro de la medici贸n o evaluaci贸n del Riesgo LA/FT/FPADM, las Empresas Obligadas deben cumplir como m铆nimo lo siguiente:聽
- Establecer las metodolog铆as para la medici贸n o evaluaci贸n del Riesgo LA/FT/FPADM, con el fin de determinar la posibilidad o probabilidad de su ocurrencia y el impacto en caso de materializarse.聽
- Incluir mediciones o evaluaciones del Riesgo LA/FT/FPADM de manera individual y consolidadas frente a cada uno de los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM y los riesgos espec铆ficos que fueron identificados.
- Evaluar el Riesgo LA/FT/FPADM cuando incursione en nuevos mercados u ofrezca nuevos Productos.聽
Etapa de Control:
Con el Sagrilaft, las Empresas Obligadas deber谩n tomar las Medidas Razonables para el control del Riesgo Inherente al que se vean expuestas.聽
Las Empresas Obligadas deben estar en la capacidad de establecer su perfil de Riesgo Residual.
Para controlar el Riesgo LA/FT/FPADM, las Empresas Obligadas deber谩n adoptar, entre otras medidas, el establecimiento de metodolog铆as y la creaci贸n de una Matriz de Riesgo LA/FT/FPADM para definir los mecanismos de control m谩s adecuados y su aplicaci贸n a los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM identificados
Para controlar el Riesgo LA/FT/FPADM, la Empresa Obligada debe, como m铆nimo:聽
- Establecer las metodolog铆as para definir las Medidas Razonables de control del Riesgo LA/FT/FPADM.聽
- Aplicar las metodolog铆as a cada uno de los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM.聽
- Establecer controles y herramientas para la detecci贸n de operaciones Inusuales y Operaciones Sospechosas, con base en los Riesgos LA/FT/FPADM identificados en la clasificaci贸n, segmentaci贸n e individualizaci贸n de los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM y conforme a la Matriz de Riesgo LA/FT/FPADM, teniendo en cuenta que a mayor riesgo mayor control.聽
Etapa de Monitoreo:聽
El Sagrilaft debe permitirle a las Empresas Obligadas ejercer vigilancia respecto del perfil de riesgo y, en general, estar en condiciones de detectar Operaciones Inusuales y Operaciones Sospechosas.聽
Para monitorear el Riesgo LA/FT/FPADM, las Empresas Obligadas deben, como m铆nimo:聽
- Realizar el seguimiento peri贸dico y comparativo del Riesgo Inherente y Riesgo Residual de cada Factor de Riesgo LA/FT/FPADM y de los riesgos asociados. *
- Desarrollar un proceso de seguimiento continuo y efectivo que facilite la r谩pida detecci贸n y correcci贸n de las deficiencias del SAGRILAFT. Dicha verificaci贸n y revisi贸n debe tener una periodicidad acorde con el perfil de Riesgo Residual de la Empresa Obligada.聽
- Asegurar que los controles sean integrales y se refieran a todos los riesgos y que funcionen en forma oportuna, efectiva y eficiente.聽
- Asegurar que los Riesgos Residuales se encuentren en los niveles de aceptaci贸n establecidos por la Empresa Obligada.聽
Desarrollar y cumplir con cada una de las etapas del Sagrilaft es de vital importancia para detectar y combatir los Riesgos Inherentes en las actividades regulares de las Empresas Obligadas.
Fuente: Circular 100-000016 de 24 de diciembre de 2020
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