Informe 75 SAGRILAFT y PTEE de la Superintendencia de Sociedades
El 13 de septiembre de 2023 la Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa No. 100-000003 con la que anunció la creación del Informe 75 que integra dos informe: el 50, que se presentaban por las empresas obligadas a contar con un sistema de SAGRILAFT, y el 52, que lo presentaban las empresas obligadas a contar con un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE). La circular además establece los requisitos y plazos para la presentación del Informe 58 referente a los Oficiales de Cumplimiento.
¿Qué contiene el informe?
El informe debe contener la información sobre la implementación y funcionamiento de los sistemas de prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) de las empresas obligadas a presentarlo. Con este informe, SuperSociedades busca fortalecer su rol de supervisor al conocer cómo se comportan las empresas respecto a sus deberes en la prevención de LA/FT.
¿Quiénes deben presentar el Informe 75?
Las empresas que antes del informe estaban obligadas a implementar el SAGRILAFT y un PTEE en Colombia, deben acogerse a la presentación del Informe 75 en los plazos designados por la entidad, ya que estos no tendrán prórroga. Además, deben tener en cuenta que la presentación del Informe debe hacerse cada año y, de no llevarse a cabo, podrán acarrear multas de hasta doscientos (200) SMMLV.
¿Cuáles son los plazos para presentar el Informe 75?
Los informes requeridos por SuperSociedades en Colombia se presentan, por lo general, en los meses de junio y julio. Sin embargo, como el Informe 75 hasta ahora hizo su aparición, la entidad estableció los plazos para presentar la información correspondiente al año 2022 de la siguiente manera:
Para los siguientes años, el informe se debe presentar entre el décimo primer día hábil y el vigésimo día hábil del mes de julio dependiendo de los últimos dígitos del NIT (sin dígito de verificación).
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¿Qué papel juegan los Oficiales de Cumplimiento en el Informe 75?
Según SuperSociedades, con este informe quieren hacer seguimiento del comportamiento empresarial frente a la prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo. Para frenar, reportar y controlar estos delitos, el Oficial de Cumplimiento es el agente principal de estas acciones y, por lo tanto, debe estar presente en la elaboración y papeleo, más allá de que exista un informe específico referente a esta persona.
Tusdatos como aliado del Oficial de Cumplimiento y del Informe 75
El Oficial de Cumplimiento, como líder de la prevención de lavado de activos de la compañía, debe contar con una información óptima y completa sobre clientes, proveedores, empleados y cualquier procedimiento que sea considerado de riesgo legal, financiero o reputacional para la empresa. Este agente requiere apoyo en los procesos de Debida Diligencia, de monitoreo y de reporte. Por estas razones, Tusdatos se presenta como el aliado ideal para ahorrarle tiempo al Oficial de Cumplimiento en sus tareas de investigación, gestión y centralización de la información que debe presentar ante las entidades reguladoras. Te invitamos a conocer la herramienta de Tusdatos que centraliza información necesaria para el Informe 75 con un solo clic y en tiempo récord.
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