Todo lo que debes saber sobre la Registraduría
Nombre de la fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil
La Registraduría Nacional del Estado civil hace parte de la organización electoral y es la encargada de expedir los documentos de identidad de los ciudadanos colombianos.
Es una entidad con autonomía administrativa, contractual y presupuestal, organizada de manera desconcentrada, que tiene a su cargo el registro de la vida civil e identificación de los colombianos y la realización de los procesos electorales y los mecanismos de participación ciudadana.
Página: www.registraduria.gov.co
Información de la fuente: En la página de la Registraduría podemos encontrar información acerca de trámites de; Registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción, tarjetas de identidad, cédulas de ciudadanía y el archivo nacional de identificación. La registraduría no se encarga de los documentos de identidad de extranjeros tales como la Cédula de extranjería (CE) y el permiso especial de permanencia (PEP), de estos documentos el encargado es migración Colombia.
El documento de identidad nace como necesidad para garantizar la transparencia de las elecciones y fue así como el documento electoral se convirtió en el documento de identidad.
Inicialmente la cédula de ciudadanía en ese entonces “Título electoral” era un documento como su nombre lo indica de naturaleza electoral, solo se utilizaba para comprobar la identidad en este proceso y era otorgado únicamente a hombres mayores de 18 años con finca raíz y un patrimonio superior a los 300 pesos. Esto ya que las mujeres no tenían la posibilidad de ejercer el derecho democratico del voto.
Los orígenes de la Registraduría Nacional se remontan a 1934 con la única función de la elaboración de las cédulas de ciudadanía. En 1948 se crea la Organización Electoral, constituida por Una Corte Electoral con sede en Bogotá, integrada por el ex-presidente de la República, dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia de diferente filiación política, el rector de la Universidad Nacional y el Gerente del Banco de la República.
Los objetivos principales de la Organización Electoral eran:
- Evitar la influencia de los partidos políticos en la obtención de la cédula de ciudadanía, en la formación de los censos electorales, en las votaciones y en los escrutinios.
- Garantizar la responsabilidad y la imparcialidad política de los funcionarios adscritos a ella.
En 1949 aparece la Misión Técnica Canadiense, la cual se encargó de realizar un análisis de la situación actual y hacer las respectivas recomendaciones al ministerio de Gobierno, entre las cuales se destacan:
- Centralización en Bogotá de los archivos dactiloscópico, alfabético, numérico, fotográfico y estadístico.
- Adopción del sistema de clasificación dactiloscópica Henry.
- Adopción del sistema fotográfico Monroe Duo.
- Establecimiento de cupos numéricos para cada departamento.
- Adopción de la cédula de ciudadanía laminada con la firma del Registrador Nacional.
- Conformación de censos electorales.
Así mismo otras recomendaciones más minuciosas que fueron implementadas en 1951 como la cantidad de personal necesario, espacios requeridos, equipos y suministros, entre otros.
En 1952 se expide la primera cédula laminada al doctor Laureano Gómez Castro, Presidente de la República.
En 1956 se expide la primera cédula a una mujer, doña Carola Correa de Rojas.
En 1970, se faculta a la Registraduría para expedir la tarjeta de identidad a los colombianos mayores de 7 y menores de 21 años.
La ley 96 de 1985 y el Decreto 2241 de 1986 o Código Electoral, reemplazan la Corte Electoral por el Consejo Nacional Electoral y dictan nuevas disposiciones en materias administrativas, de identificación y electoral. Esta misma Ley 96 crea el Fondo Rotatorio de la Registraduría.
Para esta época, el Consejo de Estado nombra a los consejeros del Censo Nacional Electoral -período de 4 años- y este último nombre al Registrador Nacional.
A partir de 1987 la Registraduría asume gradualmente el Registro Civil.
En 1991, se define a la Organización Electoral como un organismo autónomo e independiente.
En la actualidad de acuerdo con el Acto Legislativo No. 1 del 3 julio de 2003, el Consejo Nacional Electoral es elegido por el Congreso de la República en pleno para un periodo institucional de 4 años.
El Registrador Nacional del Estado Civil será escogido por los presidentes de: la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, mediante concurso de méritos según la Ley, por un periodo de 4 años.
Información extraída de: www.registraduria.gov.co / febrero de 2021