Renovación de la Cámara de Comercio 2024
Las Cámaras de Comercio en su objetivo de organizar a los empresarios y dueños de pequeños, medianos y grandes comercios, para elevar la productividad y competencia, regulan por ciudad y departamento las acciones del sector empresarial. Es así que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 del Código de Comercio, al estar matriculado como un comerciante formal ante la Cámara de Comercio, se tiene la obligación de renovar anualmente la matrícula mercantil dentro de los tres primeros meses del año, así mismo esta obligación se extiende para las entidades que hacen parte del Registro Único Empresarial y Social (RUES), entre ellas las sociedades de naturaleza civil y las Entidades sin Ánimo de Lucro (ESAL).
Por lo general esta renovación se debe hacer antes de que se cumplan los tres primeros meses del año. Sin embargo, como el último día de marzo es un domingo, por disposición de la Superintendencia de Sociedades, a la luz de los artículos 21 y 23 del artículo 8 del Decreto 1736 de 2020 se designó como último día para esta renovación el 1 de abril de 2024.
Con la renovación en el panorama pueden surgir dudas sobre cómo realizar el procedimiento o qué pasa si no se lleva a cabo. Por eso a continuación, respondemos a las dudas más comunes y damos unos datos para que puedan llevar a cabo este trámite con éxito:
¿Cómo se renueva la Matrícula Mercantil?
La renovación de Matrícula Mercantil se puede hacer de manera presencial o virtual. Si es presencial, basta con que te acerques a la sede de la Cámara de Comercio en la que estás registrado, solicites el formulario, lo diligencies, hagas el pago en la sede de la Cámara o en el banco designado y te acerques a solicitar tu certificado. Si es de manera virtual debes ingresar a la sección servicios en línea-renovaciones de la Cámara de Comercio en la que te encuentras registrado, diligenciar el formulario y pagar a través del botón PSE. Una vez se haga efectivo el pago, a la vuelta de correo recibirás el certificado actualizado.
¿Qué documentación se necesita para la renovación?
La documentación para la renovación es el formulario diligenciado correctamente sobre la actividad de la empresa. Recuerda que, para diligenciar el formulario, debes tener claridad sobre:
- Información financiera con corte al 31 de diciembre de 2023.
- Los códigos de las actividades comerciales que realiza la empresa o los códigos de las clasificaciones económicas.
- Números de empleados, cuántas mujeres están empleadas y cuántas ocupan cargos directivos.
- Valor de activos del establecimiento.
¿Sobre qué valor se hace la liquidación de la Matrícula Mercantil?
La liquidación se hace sobre el valor señalado del activo total. El valor a pagar será el resultado de aplicar las tarifas establecidas para 2024. Es importante señalar que se puede hacer el trámite si los activos están en $0 con el único objetivo de actualizar la información. En este caso, la Cámara de Comercio podrá pedir pruebas que soporten la declaración en ceros.
¿Qué pasa si hay más de un establecimiento asociado a la persona natural o empresa?
Deberá hacerse la renovación mercantil por cada establecimiento y todas deben renovarse al mismo tiempo. La Cámara de Comercio tiene en cuenta cada establecimiento independientemente que estén regidos por la misma persona natural o jurídica.
¿Quién debe realizar el trámite de renovación?
La obligación de la renovación es de la persona natural que obre como titular del registro. Para el caso de las empresas o ESAL, la obligación recae sobre el representante legal o persona jurídica.
Si la renovación la va a llevar a cabo un tercero es necesario contar con una persona apoderada (abogado o abogada) quien debe presentar el poder otorgado a la hora de la renovación.
Sin embargo, si el formulario está debidamente diligenciado y firmado por el titular del registro o el representante legal, este puede ser presentado por cualquier persona en la sede de la Cámara de Comercio designada y realizar el pago correspondiente.
¿Cuáles son los beneficios de la renovación mercantil?
La renovación de la Matrícula Mercantil se entiende como una obligación, sin embargo, también se puede entender como un beneficio para la compañía. Al hacer la renovación la empresa puede:
- Acceder a formación y beneficios empresariales que preste la Cámara de Comercio.
- Obtener créditos en el sector financiero.
- Ingresar a la base de datos empresarial.
- Evitar sanciones o implicaciones legales.
¿Qué pasa si no se renueva la Matrícula Mercantil?
La persona o empresa que incumpla con la renovación en los plazos establecidos se verá sujeta a las sanciones previstas en el artículo 37 del código de comercio, además acarreará consecuencias tales como:
- Aquellos comerciantes que se acogieron a la Ley del Empleo y el Emprendimiento juvenil perderán los incentivos.
- Las personas o empresas que lleven 5 años o más sin renovar sufrirán la cancelación.
- Las sociedades comerciales y demás personas jurídicas que hayan incumplido la obligación de renovar en los últimos 5 años quedarán disueltas y en estado de liquidación.
- Las ESAL que no hayan renovado el registro en los últimos 5 años quedarán disueltas y en estado de liquidación.
Además, la no renovación puede acarrear sanciones de carácter monetario, ser requeridos por las autoridades locales o sufrir el cierre del establecimiento. Así como quedar excluidos del RUES que no solo centraliza la información, sino que ayuda a disminuir diferentes trámites.
¿Es necesario hacer la renovación si se canceló la Matrícula Mercantil?
Si se hizo la cancelación de la Matrícula antes del 1 de abril de 2024 no es necesario hacer renovación. Si, por el contrario, la cancelación se hace efectiva después del 1 de abril, deberá hacerse la renovación con normalidad antes del 1 de abril de 2024.
Finalmente, es importante entender que este proceso brinda información importante sobre la dinámica empresarial a los diferentes organismos y entidades con el fin de mejorar la competitividad en los diferentes sectores y regiones del país, además de tener una proyección e implementación de políticas públicas.
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