¿Qué es un Beneficiario Final?
Según la La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, mediante la Resolución 000164 expedida el 27 de diciembre del 2021, la cual contempla las modificaciones introducidas por la Ley 2155 de 2021 a los artículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario en relación con los beneficiarios finales. Explica que, se entiende por Beneficiario Final a “la(s) persona(s) natural(es) que finalmente posee(n) o controla(n), directa o indirectamente, a un cliente y/o la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacción. Incluye también a la(s) persona(s) natural(es) que ejerzan el control efectivo y/o final, directa o indirectamente, sobre una persona jurídica u otra estructura sin personería jurídica.”
Son beneficiarios finales de la persona jurídica las siguientes:
- Persona natural que, actuando individual o conjuntamente, sea titular, directa o indirectamente, del cinco por ciento (5%) o más del capital o los derechos de voto de la personas jurídica, y/o se beneficie en cinco por ciento (5%) o más de los activos, rendimientos o utilidades de la persona jurídica; y
- Persona natural que, actuando individual o conjuntamente, ejerza control sobre la persona jurídica, por cualquier otro medio diferente a los establecidos en el numeral anterior del presente artículo.
- Cuando no se identifique ninguna persona natural en los términos de los dos numerales anteriores del presente artículo, se debe identificar la persona natural que ostente el cargo de representante legal, salvo que exista una persona natural que ostente una mayor autoridad en relación con las funciones de gestión o dirección de la persona jurídica.
¿Cuáles son los criterios para determinar el beneficiario final de las personas jurídicas?
De acuerdo con lo establecido en el artículo 631-5 del Estatuto Tributario, los criterios para identificar los beneficiarios finales de las personas jurídicas son los siguientes:
- Persona natural que, actuando individual o conjuntamente, sea titular, directa o indirectamente, del cinco por ciento (5%) del capital o de los derechos de voto de la persona jurídica, y/o se beneficie en cinco por ciento (5%) o más de los activos, rendimientos o utilidades de la persona jurídica.
- Persona natural que, actuando individual o conjuntamente, ejerce control directo y/o indirecto sobre la persona jurídica por cualquier otro medio diferente a los establecidos en el numeral anterior del presente artículo.
- Cuando no se identifique ningún beneficiario final bajo los criterios señalados en los numerales 1 y 2 del presente artículo, se considerará como beneficiario final a la persona natural que ostente el cargo de representante legal, salvo que exista una persona natural que ostente una mayor autoridad en relación con las funciones de gestión o dirección de la persona jurídica, en cuyo caso se deberá reportar a esta última.
Son beneficiarios finales de una estructura sin personería jurídica o de una estructura similar, las siguientes personas naturales:
- Fiduciante(s), fideicomitente(s), constituyente(s) o posición similar o equivalente
- Fiduciario(s) o posición similar o equivalente
- Comité fiduciario, comité financiero o posición similar o equivalente
- Fideicomisario(s), beneficiario(s) o beneficiario(s) condicionado(s)
- Cualquier otra persona natural que ejerza el control efectivo y/o final, o que tenga derecho a gozar y/o disponer de los activos, beneficios, resultados o utilidades
¿Cuáles son los criterios para determinar el beneficiario final de las estructuras sin personería jurídica o similar?
Conforme a lo establecido en el artículo 631-5 del Estatuto Tributario, son beneficiarios finales de una estructura sin personería jurídica o similar, las personas naturales que cumplan con lo siguiente:
- Fiduciante(s), fideicomitente(s), constituyente(s) o posición similar o equivalente
- Fiduciario(s) o posición similar o equivalente
- Comité fiduciario, comité financiero o posición similar o equivalente
- Fideicomisario(s), beneficiario (s) o beneficiario(s) condicionado(s)
- Cualquier otra persona natural que ejerza control efectivo/final, o que tenga derecho a gozar y/o disponer de los activos, beneficios, resultados o utilidades.