¿Qué es RUB? Registro Único de Beneficiarios Finales
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), expidió el 27 de diciembre del 2021 la Resolución 000164, mediante la cual reglamenta las modificaciones introducidas por la Ley 2155 de 2021 a los artículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario en relación con el concepto existente sobre los beneficiarios finales y la creación del Registro Único de Beneficiarios Finales o RUB. Esto, ajustándose también a las recomendaciones 24 y 25 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
¿Qué es un Beneficiario Final?
Según la DIAN, se entiende por Beneficiario Final a “la(s) persona(s) natural(es) que finalmente posee(n) o controla(n), directa o indirectamente, a un cliente y/o la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacción. Incluye también a la(s) persona(s) natural(es) que ejerzan el control efectivo y/o final, directa o indirectamente, sobre una persona jurídica u otra estructura sin personería jurídica.”
Creación del Registro Único de Beneficiarios Finales - RUB
El Registro Único de Beneficiarios Finales o RUB, hará parte integral según la resolución expedida por la DIAN, del Registro Único Tributario - RUT, y su funcionamiento y administración está a cargo también de la DIAN. Y cuando el obligado por el RUB a suministrar información del beneficiario final, no la suministre, la suministre de manera errónea o incompleta, o no actualice la información suministrada, será sancionado según lo previsto en el artículo 658-3 del Estatuto Tributario.
¿Quiénes son los obligados a reportar información en el RUB?
Las personas jurídicas y estructuras sin personería jurídica o similares que cumplan con las características siguientes, se encuentran obligadas a identificar, obtener, reportar y actualizar la información respecto de cada uno de sus beneficiarios finales en el RUB:
- Sociedades y entidades nacionales con o sin ánimo de lucro de conformidad con lo establecido en el artículo 12-1 del Estatuto Tributario, incluyendo aquellas cuyas acciones se encuentren listadas en Bolsas de Valores.
- Establecimientos permanentes de conformidad con lo establecido en el artículo 20-1 del Estatuto Tributario.
- Estructuras sin personería jurídica o similares creadas o administradas en la República de Colombia y/o que se rijan por las normas de la República de Colombia y/o que el fiduciario o posición similar o equivalente sea una persona jurídica nacional o persona natural residente fiscal en la República de Colombia y/o que el 25% o más de sus activos totales se encuentren ubicados en la República de Colombia.
- Estructuras sin personería jurídica o similares cuyas participaciones o derechos fiduciarios sean valores y se encuentren listados en la Bolsa de Valores de Colombia - BVC.
¿Cuándo se reporta la información en el RUB?
El reporte inicial en el Registro Único de Beneficiarios Finales - RUB debe efectuarse de manera electrónica por parte de las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas o creadas con anterioridad al 1º de enero de 2022, esto a más tardar el 30 de junio de 2022; suministrando la información correspondiente a la fecha en que se efectúa el reporte.
Las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas o creadas a partir del 1º de enero de 2022, deberán efectuar el reporte inicial en el RUB de manera electrónica a más tardar dentro del mes siguiente a su inscripción en el Registro Único Tributario - RUT o a la expedición del Número de Identificación de Estructura Sin Personería Jurídica - NIESPJ; suministrando la información correspondiente a la fecha en que se efectúa el reporte.
¿Qué información se debe ingresar al RUB?
Los obligados a reportar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales - RUB deben indicar la siguiente información respecto de cada uno de sus beneficiarios finales, según sea el caso:
- Tipo de documento
- Número de identificación y país de expedición
- Número de identificación tributaria – NIT o equivalente funcional y país de expedición
- Nombres y apellidos
- Fecha y país de nacimiento
- País de nacionalidad
- Ubicación, incluyendo la siguiente información: País de residencia, departamento o estado, ciudad, dirección, código postal, correo electrónico
- Criterios de determinación del beneficiario final
- Porcentaje de participación en el capital de la persona jurídica
- Porcentaje de beneficio en los rendimientos, resultados o utilidades de la persona jurídica, estructura sin personería jurídica o similar
- Fecha desde la cual tiene la calidad de beneficiario final
- Fecha desde la cual deja de ser beneficiario final
En Tusdatos, creemos que el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) es una herramienta esencial para la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo. Por eso, ofrecemos una solución integral para la gestión del RUB que ayuda a las empresas a cumplir con sus obligaciones legales y a proteger su negocio.
Con nuestro servicio de validación, podrás consultar esta y otras 300 fuentes para confirmar la identidad de los beneficiarios finales y evitar cualquier riesgo.